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Historia


La Sociedad de Transplante de América Latina y el Caribe (STALYC) se originó de la fusión de las dos Sociedades de Trasplante existentes en América Latina hasta el 1999: La Sociedad Latinoamericana de Transplante, constituida en 1980, y la Sociedad Panamericana de Diálisis y Transplante fundada en 1987. Ambas sociedades se constituyeron para agrupar a los profesionales de transplante con el objetivo de promover la educación, investigación y difusión de conocimientos. Ambas sociedades presentaban intereses comunes, difiriendo tan sólo en el origen geográfico y en los detalles de sus actividades. Ambas sociedades contuvieron en el pasado miembros en común. Con el advenimiento y uso universal del correo electrónico y el fax, se optimizó la comunicación entre los países latinoamericanos acercando a los más distantes y facilitando así el contacto entre todos los países. Por otro lado, el Registro Latinoamericano de Trasplante, órgano oficial de investigación de ambas sociedades, recopiló con éxito las estadísticas de trasplante de la región y representó a ambas sociedades de manera unificada y eficiente. Por esta razón, miembros de ambas sociedades consideraron la posibilidad de fusionarlas en una sociedad única que representara los intereses de trasplante de toda la región, y que tomara los puntos positivos de ambas constituciones en la formulación de una constitución única. A tal efecto, los consejos directivos de ambas sociedades aprobaron el estudio de posibilidad de una sociedad única, asignando representantes de cada una para estudiar a profundidad la fusión. Subsiguientemente, y con la recomendación positiva de ambos grupos de trabajo, el congreso de la Habana de la Sociedad Latinoamericana de Transplante aprobó la fusión de ambas sociedades. La Sociedad Panamericana de Diálisis y Transplante también aprobó la fusión por votación plebiscitario en el 1998.
 

En el X Congreso Latinoamericano de Transplante y V Congreso Panamericano de Diálisis y Transplante, celebrado en la ciudad de Canela, Río Grande do Sul, Brasil, y luego de reuniones múltiples entre oficiales, consejeros y ex- presidentes de ambas sociedades, la Asamblea Conjunta de ambas sociedades se convirtió en Asamblea Constituyente, aprobando por aclamación y unánimemente, la fusión de ambas sociedades en una sociedad única, la Sociedad de Transplante de América Latina y el Caribe. La Asamblea Constituyente autorizó una directiva de transición que consistió de los presidentes respectivos de las sociedades fusionadas, un secretario general, y un miembro asesor, encomendándosela la formulación de una Constitución única basada en las constituciones previas, el registro de la sociedad en San Juan, Puerto Rico, una secretaría general, y el desarrollo de una secuencia operacional para proveer a la Sociedad del carácter legal, fiscal y administrativo necesario para un continuo y pronto desarrollo.

Objetivos


La Sociedad se crea con la misión principal de unificar la región Latinoamericana y del Caribe con fines educativos, investigativos y prácticos, agrupando a todos los profesionales que practiquen cualquier actividad relacionada con trasplante de órganos, y que hayan contribuido con su trabajo a la mejora del conocimiento o de la práctica del transplante de órganos. Los objetivos y metas:

  • 1. Contribuir a la difusión y perfeccionamiento de los conocimientos relativos a los transplantes de órganos, a través de congresos, reuniones, publicaciones, etc.
  • 2. Representación democrática de todos los países latinoamericanos.
  • 3. Ayudar en el desarrollo de programas nuevos de transplante en los diferentes países.
  • 4. Ayudar a optimizar los resultados en toda la región, identificando factores de éxito dentro de los diferentes ambientes nacionales.
  • 5. Promover normas éticas en transplante en todos los países.
  • 6. Promover leyes universales.
  • 7. Formar grupos para estudios colaborativos internacionales.
  • 8. Compartir educación e investigación.
  • 9. Desarrollar guías que permitan compartir anti-sueros y ácidos deoxiribonucléicos de histocompatibilidad, al igual que comparar los perfiles inmunogenéticos.
  • 10. Desarrollar guías que permitan compartir órganos y tejidos para trasplante.
  • 11. Diseminaci6n de información sobre la actividad de trasplante en nuestra región en los organismos regionales y mundiales, con énfasis en publicación de información en la literatura mundial.
  • 12. Desarrollar un Registro Latinoamericano de Trasplante, promoviendo además otros registros de información, incluyendo, pero no limitado a, registros actualizados de leyes, programas de educación y entrenamiento, directorio, registros de patología renal y tumoral, embarazos, catálogos de proyectos, catálogos de publicaciones y libros de transplante, página en el Internet, e intercambio de datos con registros de transplantes de otras partes del mundo.

ESTATUTOS SOCIEDAD DE TRASPLANTE DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE - ARTÍCULO III: DE LOS SOCIOS


 

SOCIEDAD DE TRASPLANTE DE AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE

 

CONSTITUCIÓN Y REGLAMENTO

 

PREAMBULO HISTÓRICO

La Sociedad de Trasplante de América Latina y el Caribe se originó de la fusión de las dos sociedades de trasplante existentes en América Latina hasta el 1999: La Sociedad Latinoamericana de Trasplante, constituida en 1980, y la Sociedad Panamericana de Diálisis y Trasplante fundada en 1987. Ambas sociedades tenían objetivos e intereses comunes, difiriendo tan sólo en el origen geográfico y en los detalles de sus actividades. El desarrollo universal de las comunicaciones con el advenimiento del correo electrónico y el fax, permitió el acercamiento entre los países latinoamericanos, facilitando así el contacto entre los diversos integrantes de ambas sociedades, muchos de los cuales propusieron la fusión de las mismas. Las principales razones para ello fueron las coincidencias en los objetivos, así como en la problemática común a los diferentes países. Por otro lado, el Registro Latinoamericano de Trasplante, órgano oficial de investigación de ambas sociedades, recopiló las estadísticas de trasplante de la región y representó a ambas sociedades de manera unificada y eficiente. A tal efecto, los consejos directivos de ambas sociedades aprobaron el estudio de factibilidad de la conformación de una sociedad única, asignando representantes de cada una para estudiar a profundidad la fusión. Subsiguientemente, y con la recomendación positiva de ambos grupos de trabajo, el congreso de la Habana de la Sociedad Latinoamericana de Trasplante aprobó la fusión de ambas sociedades. La Sociedad Panamericana de Diálisis y Trasplante también aprobó la fusión por votación plebiscitario en 1998. En el X Congreso Latinoamericano de Trasplante y V Congreso Panamericano de Diálisis y Trasplante, celebrado en Canela, Río Grande do Sul, Brasil, y luego de múltiples reuniones entre integrantes de ambas sociedades, se constituyó una Asamblea Constituyente, integrada por Asambleístas de ambas sociedades, aprobando por aclamación y unánimemente, la fusión de ambas sociedades en una sociedad única, denominada "Sociedad de Trasplante de América Latina y el Caribe". En dicha Asamblea Constituyente se autorizó una directiva de transición que se integró con los presidentes respectivos de las sociedades fusionadas, un secretario general, y un miembro asesor, encomendándosele la formulación de una Constitución única basada en las constituciones previas, el registro de la sociedad en San Juan, Puerto Rico, una secretaría general, y el desarrollo de una secuencia operacional para proveer a la Sociedad del carácter legal, fiscal y administrativo necesario para un continuo y pronto desarrollo.

ARTÍCULO I: INCORPORACIÓN


Sección 1: La Sociedad de Trasplante de América Latina y el Caribe (de ahora en adelante STALyC) será incorporada en la ciudad de San Juan, Puerto Rico como una sociedad profesional y científica, sin fines de lucro.
Sección 2: Los poderes de la STALyC, así como los de sus directores y miembros, y todo lo concerniente a la regulación de sus actividades, serán sujetos a las provisiones descritas en estos artículos de incorporación y reglamento.
Sección 3: La oficina registrada de la Sociedad estará localizada en la ciudad de San Juan, Puerto Rico.
Sección 4: Otras oficinas: La STALyC tendrá las oficinas que sean necesarias, dentro o fuera del país donde se mantiene la oficina registrada. La oficina principal, y centro de actividades de la Sociedad, será en cada período, la sede de la Secretaría General de la Sociedad.
Sección 5: El sello y logo: El Directorio (Artículo IV) podrá adoptar el sello y logo oficial de la Sociedad según lo estime.

ARTÍCULO II: DE LOS PROPÓSITOS


Sección 1: La STALyC se crea con la misión principal de unificar la región Latinoamericana y del Caribe con fines educativos, prácticos y de investigación en todo lo que se refiera al trasplante de órganos, tejidos y células. Para ello agrupará a todos los profesionales que desarrollen sus actividades en cualquier área relacionada a dicha actividad, y que hayan contribuido con su trabajo a la mejora del conocimiento o de la práctica de la procuración y trasplante.
Sección 2: Objetivos y metas: La STALyC tendrá los siguientes objetivos y metas adicionales:
  • 1. Contribuir a la difusión y perfeccionamiento de los conocimientos relativos al trasplante de órganos, tejidos y células, a través de congresos, simposios, reuniones, publicaciones, otorgamiento de becas, etc.
  • 2. Lograr la representación democrática de todos los países latinoamericanos y del Caribe.
  • 3. Ayudar al desarrollo de nuevos programas de trasplante en los diferentes países que lo requieran.
  • 4. Propender a optimizar los resultados en toda la región, identificando factores de éxito dentro de los diferentes ambientes nacionales.

  • 5. Promover normas éticas en trasplante en todos los países.

  • 6. Promover en cada país la creación de leyes que sigan los principios universales de una práctica clínica, educativa y de investigación, que sea ética y excelente en trasplante.

  • 7. Facilitar la formación de grupos de investigación para estudios colaborativos internacionales.

  • 8. Compartir educación e investigación entre diversos centros o países.

  • 9. Desarrollar guías que permitan compartir órganos y tejidos para trasplante.

  • 10. Difundir la información sobre la actividad de trasplante en nuestra región en los diversos organismos regionales y mundiales, con énfasis en la publicación de la información en la literatura mundial.

  • 11. Mantener el Registro Latinoamericano de Trasplante, promoviendo la participación de todos los países en su alimentación y análisis. Estimular además su desarrollo, incluyendo periódicamente información adicional, incluyendo, aunque no limitado a, registros actualizados de leyes, programas de educación y entrenamiento, directorio, registros de patología renal y tumoral, embarazos, proyectos, publicaciones y libros de trasplante, e intercambio de datos con registros de trasplantes de otras partes del mundo.

  • 12. Creación de una Secretaría General con el propósito primordial de mantener documentos históricos de las dos sociedades constituyentes y de la nueva Sociedad, al igual que documentos históricos de importancia sobre trasplante en la región de América Latina, Directorio actualizado, y de los depósitos financieros de la Sociedad con el aval y permiso de Tesorero y Presidente de la Sociedad y cualquier otra actividad que se le asigne.

  • Sección 3: La Sociedad colaborará con organizaciones públicas y privadas para promover la educación y la investigación en trasplantes, y participará y asistirá en la coordinación y esfuerzos y en la formulación de programas para beneficio de los pacientes de trasplante.
    Sección 4: La Sociedad podrá recibir, usar, mantener y aplicar fondos, regalos, donativos, y todos los dineros recobrados de los propósitos arriba descritos.
    Sección 5: Si hubiera disolución de la Sociedad, el Directorio podrá, después de pagar todas las deudas de la Sociedad, disponer de sus bienes de la manera que entienda que es legal y éticamente apropiada, legando los bienes a sus ciudades u organizaciones que se dediquen exclusivamente a caridad, educación, o ciencia.

    ARTÍCULO II: DE LOS PROPÓSITOS


    Sección 1: La STALyC se crea con la misión principal de unificar la región Latinoamericana y del Caribe con fines educativos, prácticos y de investigación en todo lo que se refiera al trasplante de órganos, tejidos y células. Para ello agrupará a todos los profesionales que desarrollen sus actividades en cualquier área relacionada a dicha actividad, y que hayan contribuido con su trabajo a la mejora del conocimiento o de la práctica de la procuración y trasplante.
    Sección 2: Objetivos y metas: La STALyC tendrá los siguientes objetivos y metas adicionales:

  • 1. Contribuir a la difusión y perfeccionamiento de los conocimientos relativos al trasplante de órganos, tejidos y células, a través de congresos, simposios, reuniones, publicaciones, otorgamiento de becas, etc.

  • 2. Lograr la representación democrática de todos los países latinoamericanos y del Caribe.

  • 3. Ayudar al desarrollo de nuevos programas de trasplante en los diferentes países que lo requieran.

  • 4. Propender a optimizar los resultados en toda la región, identificando factores de éxito dentro de los diferentes ambientes nacionales.

  • 5. Promover normas éticas en trasplante en todos los países.

  • 6. Promover en cada país la creación de leyes que sigan los principios universales de una práctica clínica, educativa y de investigación, que sea ética y excelente en trasplante.

  • 7. Facilitar la formación de grupos de investigación para estudios colaborativos internacionales.

  • 8. Compartir educación e investigación entre diversos centros o países.

  • 9. Desarrollar guías que permitan compartir órganos y tejidos para trasplante.

  • 10. Difundir la información sobre la actividad de trasplante en nuestra región en los diversos organismos regionales y mundiales, con énfasis en la publicación de la información en la literatura mundial.

  • 11. Mantener el Registro Latinoamericano de Trasplante, promoviendo la participación de todos los países en su alimentación y análisis. Estimular además su desarrollo, incluyendo periódicamente información adicional, incluyendo, aunque no limitado a, registros actualizados de leyes, programas de educación y entrenamiento, directorio, registros de patología renal y tumoral, embarazos, proyectos, publicaciones y libros de trasplante, e intercambio de datos con registros de trasplantes de otras partes del mundo.

  • 12. Creación de una Secretaría General con el propósito primordial de mantener documentos históricos de las dos sociedades constituyentes y de la nueva Sociedad, al igual que documentos históricos de importancia sobre trasplante en la región de América Latina, Directorio actualizado, y de los depósitos financieros de la Sociedad con el aval y permiso de Tesorero y Presidente de la Sociedad y cualquier otra actividad que se le asigne.

  • Sección 3: La Sociedad colaborará con organizaciones públicas y privadas para promover la educación y la investigación en trasplantes, y participará y asistirá en la coordinación y esfuerzos y en la formulación de programas para beneficio de los pacientes de trasplante.
    Sección 4: La Sociedad podrá recibir, usar, mantener y aplicar fondos, regalos, donativos, y todos los dineros recobrados de los propósitos arriba descritos.
    Sección 5: Si hubiera disolución de la Sociedad, el Directorio podrá, después de pagar todas las deudas de la Sociedad, disponer de sus bienes de la manera que entienda que es legal y éticamente apropiada, legando los bienes a sus ciudades u organizaciones que se dediquen exclusivamente a caridad, educación, o ciencia.

    ARTICULO IV: EL DIRECTORIO


    Sección 1: Los negocios de la sociedad serán conducidos por el Directorio, el que será electo por voto de los socios durante la Asamblea General que tendrá lugar durante el Congreso de la Sociedad, que se realizará cada dos años; iniciará su mandato el 1 de enero del año siguiente a dicha Asamblea.
    Sección 2: El Directorio de la Sociedad estará integrada por: Presidente, 2 Vice-presidentes, Presidente Electo, Presidente Pasado más reciente, Secretario, Tesorero, 4 vocales (2 por Región Norte y 2 por Región Sur) y Secretario General. Los socios propuestos para integrar el Directorio deben ser médicos en actividad, con reconocida reputación al momento de su nominación y elección. No deberá haber más de 2 integrantes de un mismo país.
    Sección 3: Los miembros del Directorio desempeñarán su función sin compensación y serán electos como se describe más adelante. Salvo el Secretario General que durará 6 años en su cargo, el resto desempeñarán el cargo por un período de 2 años.
    Sección 4: Elección de los integrantes del Directorio: Los integrantes del Directorio de la Sociedad serán electos por votación que se llevará a cabo durante la Asamblea General en el Congreso de la Sociedad. El conteo de votos se realizará en forma directa durante el acto eleccionario.
    Sección 5: Junta de Asesores: Estará integrada por los últimos ex presidentes y Secretarios General del Directorio de la Sociedad y tendrán como función principal, brindar apoyo y asesoramiento al Directorio fundamentalmente ante decisiones políticas complejas, y en el relacionamiento tanto con las sociedades regionales como con otras internacionales. Sus decisiones no tienen carácter vinculante para el Directorio.
    Sección 6: Junta de Representantes: La Sociedad dispondrá de una Junta de Representantes, constituida por un representante de cada uno de los países de la región. El representante será designado por la sociedad de trasplante del país en cuestión; de no existir ésta, por la sociedad de nefrología, y en caso de que tampoco exista ésta, por el programa de trasplante principal o por el gobierno. El término de servicio será también de dos años, con derecho a redesignación por las autoridades correspondientes. Su función será facilitar el relacionamiento de cada sociedad con el Directorio.
    Sección 7: Renuncia y destituciones del Directorio. Cualquier miembro del Directorio puede renunciar a su cargo mediante notificación escrita al Presidente. El Directorio nombrará a su reemplazante.
    Sección 8: Reuniones del Directorio. El Directorio se reunirá por lo menos semestralmente, una de las reuniones coincidiendo con el congreso bi-anual de la Sociedad, en los lugares y momentos que sean concertados con anterioridad. Reuniones especiales del Directorio podrán realizarse en cualquier momento, a discreción del mismo, notificándose las mismas a cada uno de los integrantes, por escrito, por lo menos con catorce días de anticipación. Tanto el Directorio, Junta de Asesores, Junta de Representantes, como el Tribunal y los comités podrán reunirse por conferencia telefónica, o por cualquier vía de comunicación que puedan comunicarse los miembros simultáneamente.
    Sección 9: Quórum. Se considerará que hay quórum, cuando se encuentren reunidos 2/3 del Directorio incluido el Presidente.
    Sección 10: Compensación. Ningún miembro del Directorio, ni de la Junta de Representantes recibirá compensación alguna por sus servicios. Sin embargo, los miembros del Directorio podrán recibir reembolso por gastos originados para concurrir a las reuniones o transacciones de la Sociedad, siempre y cuando existan los fondos para ello y sean aprobados por el Directorio. Deberá presentarse la documentación correspondiente.

    ARTÍCULO V: EL DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD


    Sección 1: Consejo o Junta Directiva. La Junta Directiva de la Sociedad estará integrada por el presidente, dos vicepresidentes, presidente electo, presidente pasado, secretario, tesorero, y secretario general, quienes servirán como los agentes operacionales principales de la sociedad.
    Sección 2: Procedimiento. La Junta Directiva podrá fijar sus propias actividades y reuniones.
    Sección 3: Poderes. Recaerá sobre la Directiva el conducir todas las transacciones y deliberaciones de la Sociedad, y podrá ejercer todos los poderes en el manejo y dirección de los negocios y actividades de la Sociedad. Ninguna directiva ni comité ni consejo podrá enmendar el Certificado de Incorporación, adoptar acuerdo alguno de fusión o secesión, recomendar o proceder con compra o venta o intercambio de bienes propiedad o activos de la sociedad, participar en generar o recomendar la disolución de la Sociedad, o revocación, o enmienda de la Constitución, todo lo cual sólo podrá ser decidido por la Asamblea.
    Sección 4: Informes. La Junta Directiva y cualquier otro comité deberán mantener actas de todas sus deliberaciones y acciones.

    ARTÍCULO VI: LOS DIRECTIVOS DE LA SOCIEDAD


    Sección 1: Se crean las posiciones electivas de Presidente, Vicepresidentes, Secretario, Tesorero, y Secretario General. Cada uno deberá ser miembro de la Sociedad en el momento de su propuesta y elección, y durante el período de tiempo de su cargo. El Presidente Electo reemplazará al Presidente cuando éste complete su período.
    Sección 2: Tiempo de incumbencia. Ningún miembro podrá ser reelecto en el mismo cargo, en dos periodos consecutivos. Los cargos de Presidente y Secretario General, no podrá ser ocupado nuevamente por la misma persona en ningún caso.
    Sección 3: Vacantes. De ocurrir una vacante en cualquiera de las posiciones ejecutivas, ésta podrá ser sustituida por acción y designación del Consejo Directivo en la próxima reunión del Directorio.
    Sección 4: Presidente. El Presidente será el oficial ejecutivo principal de la Sociedad. Su procedencia será alternadamente Norte y Sur. A estos efectos, se considerará Sur, todos los países de Sudamérica, salvo los que tienen costa con el Caribe, y Norte el resto, incluyendo México, América Central y los países del Caribe. Estará sujeto a las direcciones del Consejo Directivo y de la Asamblea; realizará ejercicio directo y tomará cargo de la supervisión general de las actividades y negocios de la Sociedad, además de las tareas adicionales que le sean asignadas por el Consejo.
    Sección 5: Vicepresidentes. Cada Vicepresidente utilizará y ejercerá los poderes que le sean conferidos o asignados por el Consejo o por el Presidente. Uno de ellos será designado para sustituir al Presidente en caso de ausencia o renuncia.
    Sección 6: El Secretario. El Secretario mantendrá las actas de todas las reuniones del Consejo; recibirá y contestará correspondencia y comunicaciones; mantendrá vigente y activo el reglamento; mantendrá, conjuntamente con el Secretario General, los expedientes y el listado de los miembros de la Sociedad, incluyendo la composición de los diversos comités. Mantendrá copia de los contratos, asignaciones y todos los documentos legales de la Sociedad.
    Sección 7: Tesorero. El Tesorero será el responsable fiscal de todos los fondos, seguros, recibos, y pagos de la Sociedad. Depositará o causará que sea depositado en el nombre de la Sociedad todos los dineros y valores recibidos, en los bancos, compañías, y otros que sean seleccionados en conjunto con el Secretario General y con la aprobación de la Junta Directiva. Presentará un informe a la misma y al Presidente, en forma periódica y cuando le sea requerido. Someterá estados financieros, certificados por auditores externos para cada una de las reuniones regulares de la Directiva.
    Sección 8: Secretario General. El Secretario General será responsable de mantener el archivo de todos los documentos históricos de la Sociedad, sus Directorios, publicaciones, sello oficial, Constitución y contratos. Generará reuniones, comunicaciones, votaciones, cuentas, conjuntamente con el Secretario y el Tesorero.
    Sección 9: Historiador. La posición de Historiador es creada para preservar como narrativo la historia del desarrollo de la Sociedad de Trasplante de América Latina y el Caribe, y la de las dos sociedades que la precedieron: La Sociedad Latinoamericana de Trasplante y la Sociedad Panamericana de Diálisis y Trasplante. Utilizará las fuentes históricas necesarias para llevar a cabo sus funciones. Su designación será propuesta por el Presidente y refrendada por la Comisión Directiva.

    ARTÍCULO VII: ELECCIONES


    Sección 1: Nominaciones. Por lo menos seis meses antes de la fecha de la Asamblea General bi-anual, la Secretaria General enviará a cada Sociedad Nacional de Trasplante (o miembro si no la hay), un recordatorio sobre la próxima elección de autoridades, señalando la posibilidad de que aquellas que lo deseen, envíen los nombres y curriculum de los candidatos propuestos para los diversos cargos electivos en la CD. Dichas postulaciones serán elevadas al Comité de Nominaciones, el que hará una selección de los mismos, y confeccionará una lista primaria a presentar ante la Asamblea General, la que será re enviada a la Secretaria General para su divulgación, con al menos 3 meses de antelación a la Asamblea. Ello permitirá, que se lleven propuestas de otras listas a la misma, si los socios lo consideraran.

    ARTÍCULO VIII: CONGRESOS Y ASAMBLEAS


    Sección 1: Cada dos años, se realizará el Congreso Académico de la Sociedad, el que se hará en la región del Presidente, salvo que no haya propuesta de sedes, en cuyo caso se aceptará sede de otra región. El Comité de Congresos actuará como representante de la Sociedad y enlace con el Comité organizador local.
    Sección 2: La Asamblea. Durante cada congreso académico se destinará tiempo para la reunión o asamblea de los socios. La Asamblea es soberana y tendrá los poderes y responsabilidades de esta constitución. Durante la misma se llevará a cabo las elecciones de nuevas autoridades, previo informe de la CD y discusión de temas propuestos.

    ARTÍCULO IX: PUBLICACIONES


    Sección 1: El Consejo podrá designar periódicamente publicaciones oficiales de la Sociedad. La Junta Directiva podrá autorizar al Presidente, o a cualquier otro miembro a que entre en contacto, a nombre de la Sociedad, con los publicadores de uno o más revistas, conteniendo los términos que sean necesarios y prudentes. La revista oficial inicial de la Sociedad será Transplantation Proceedings, mientras el vocero oficial de noticias y publicaciones será el Boletín Latinoamericano de Trasplante. Periódicamente se revisarán las revistas oficiales de la Sociedad.

    ARTÍCULO X: COMITÉS


    Sección 1: Comité de Ética. El Consejo Directivo designará al Comité de Ética que consistirá de no menos de 5 miembros con las funciones de presentar propuestas de posiciones oficiales de la Sociedad con respecto a temas de incumbencia. Tomará la responsabilidad de examinar situaciones y quejas de conducta improcedente o de mala ética de miembros de la Sociedad.
    Sección 2: Comité de Congreso. Estará integrado por la Comisión Directiva y 4 miembros del Comité local, incluido el Presidente. Será coordinado por el Secretario General.
    Sección 3: Comité de Nominaciones. Estará integrado por no menos de 3 miembros, designados por la Comisión Directiva, y tendrá como función, seleccionar y elaborar la lista de candidatos a ocupar los nuevos cargos, la que será presentada a la CD para su aprobación, y elevada a la Asamblea General para su aprobación o enmienda. Para ello estudiará minuciosamente la documentación presentada por cada Sociedad o miembro interesado, y establecerá los criterios generales para dicha selección. Tendrá a su cargo también el estudio de las solicitudes de nuevos miembros, la que deberá ser acompañada de un breve curriculum vitae y la firma de dos socios.
    Sección 4: Comités adicionales. El Consejo puede establecer y el Presidente designar comités adicionales de miembros, incluyendo comité de finanzas o de otros temas, según sea necesario.
    Sección 5: Comité de Constitución y Reglamento. La Junta Directiva nombrará un Comité de Constitución y Reglamento de no menos de tres miembros para revisiones periódicas de la misma. Elaborará propuestas que serán elevadas al Consejo y presentadas luego ante la Asamblea General para su discusión.
    Sección 6: Comité de Procuración. Se designará al menos tres socios, inicialmente entre integrantes del grupo Punta Cana, para conformar un programa de trabajo en esta área, que permita la suficiente difusión de soluciones a problemas de esta área en toda Latinoamérica y Caribe.
    Sección 7: Comisión Especial de Trasplante de Hígado. El CD designará un comité de no menos de 3 miembros para estudiar y recomendar sobre temas específicos relacionados a trasplante de hígado.
    Sección 8: Comisión Especial de Trasplante de Corazón y Pulmón. El CD designará un comité de no menos de 3 miembros para estudiar y recomendar sobre temas específicos relacionados a trasplante de corazón y pulmón.
    Sección 9: Comisión Especial de Trasplante de Páncreas. El CD designará un comité de no menos de 3 miembros para estudiar y recomendar sobre temas específicos relacionados a trasplante de páncreas.
    Sección 10: Comisión Especial de Trasplante Pediátrico. El CD designará un Comité de no menos de 3 miembros para estudiar y recomendar sobre temas específicos relacionados al Trasplante Pediátrico.
    Sección 11: Comisión Especial de Enfermería de Trasplantes. Se designará un Comité de no menos de 3 miembros para estudiar y recomendar sobre temas específicos relacionados con Enfermería en Trasplante.

    ARTÍCULO XI: CLAUSULA DE ENMIENDAS Y DISOLUCIÓN

    La mayoría de los socios presentes en Asamblea podrán aprobar o rechazar modificaciones o enmiendas de este Reglamento, propuestos o presentados a través de la CD, así como adoptar reglas nuevas en una reunión asignada para este propósito. La notificación de dicha reunión deberá ser específica y enviada por lo menos con dos meses de anticipación a la fecha de la misma. Dr. Sergio M. Orihuela Responsable Estatutos Sociedad de Trasplante de América Latina y el Caribe

Paises Miembros


Argentina
Barbados
Bolivia
Brasil
Chile
Colombia
Costa Rica
Cuba
Rep. Dominicana
Ecuador
El Salvador
Guatemala
Haiti
Honduras
Islas Virgenes
Jamaica
Mexico
Nicaragua
Panama
Paraguay
Peru
Puerto Rico
T. y Tobago
Uruguay
Venezuela

Actas de Resolución


Reunión virtual de Comisión Directiva STALYC | 24.11.2015
 
Acta de resoluciones de la reunión virtual del Directorio de Stalyc | 23.02.2016
 
Reunión virtual Directorio y comité Asesor STALYC | 19.04.2016
 
Reunión Bostón Comisión STALYC | 14.06.2016
 
ACTA DE RESOLUCIÓN DEL DIRECTORIO STALYC | 22.09.2016
 
Acta reunión virtual citada para directorio y Comité Asesor 24.01.2017
 
Reunión virtual de Directorio STALYC | 07.03.2017
 
ORDEN DEL DIA REUNIÓN DIRECTORIO, COMITE ASESOR Y PRESIDENTES STALYC | 02.05.2017
 
Reunión virtual de Directorio con Comité Asesor | 26.07.2017
 
Reunión de Directorio y Comité Asesor STALYC | 02.09.2017
 

Memorias e Informes de gestión


Memoria Gestión 2008-2009
 
Memoria Gestión 2010-2011
 
Balance Gestión 2012-2013
 
Memoria Gestión Directorio 2012-2013
 
Informe de Directorio STALYC | 01.01.2016 – 05.09.2017
 

Balances Contables


Balance 2016
 
Balance Julio 2017